El Pleno de la Asamblea ha aprobado hoy de manera inicial, a propuesta de la consejera de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital, Kissy Chandiramani, la modificación de ordenanzas fiscales que afectan a los servicios prestados en materia de Juventud y Cultura. Ambas iniciativas responden a la necesidad de adaptar la normativa vigente a nuevas situaciones, mejorar la gestión de los recursos públicos y garantizar una aplicación más justa y eficaz de los precios y tasas.
En el caso de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios en materia de Juventud, la modificación propuesta consiste en la incorporación de una disposición adicional que permitirá ajustar automáticamente las tarifas cuando los programas y actividades estén regulados por entidades supramunicipales o internacionales.
Con esta modificación, la Ciudad se asegura de que los usuarios de estos servicios no se vean afectados por discrepancias entre las tarifas municipales y las fijadas por las entidades organizadoras, algo que venía generandoconflictos en la práctica. Además, se dota de mayor coherencia administrativa y se facilita la participación de los jóvenes ceutíes en programas nacionales e internacionales sin trabas burocráticas.
Por otro lado, la propuesta de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por los servicios y actividades de la Consejería de Educación y Cultura introduce cambios de calado tras más de dos años de aplicación desde su entrada en vigor en 2022.
Uno de los principales cambios es la inclusión del Auditorio de la Marina como nuevo espacio sujeto a esta ordenanza, equiparándolo al Teatro Auditorio del Revellín y al Conjunto Monumental de las Murallas Reales.
Asimismo, se introducen nuevos supuestos de no sujeción al pago. Las actividades dirigidas al público infantil recogidas en la guía educativa “Ceuta te enseña”, las orientadas a personas mayores o con discapacidad, así como aquellas en las que la Consejería decida distribuir invitaciones por razones de interés social o cultural, estarán exentas de abonar entrada.
También se actualizan y amplían las tarifas por entrada, adaptándolas a nuevos tramos de caché artístico, incorporando precios diferenciados según el aforo y contemplando el caso de espectáculos sin asientos, en los que el precio será único. Se revisan además los precios de cesión de espacios, elevando a 300 euros por día el coste del uso del Teatro Auditorio y fijando el mismo precio para el Auditorio de la Marina.
En materia de bonificaciones, el texto propone aumentar el descuento por compra de abonos del 15% al 30%, incluir una nueva bonificación del 30% para personas con discapacidad motriz que implique movilidad reducida, y reforzar la bonificación para socios de entidades culturales colaboradoras, también del 30%. La ordenanza aclara además que las bonificaciones no son acumulables.
Otra de las novedades destacadas es la incorporación expresa de los mínimos tarifarios establecidos por el INAEM para espectáculos incluidos en el programa PLATEA del Ministerio de Cultura y Deporte, garantizando el cumplimiento de los convenios estatales.
Ambas propuestas, tras su aprobación inicial por el Pleno, serán sometidas a exposición pública durante un plazo de 30 días, en el que la ciudadanía podrá presentar alegaciones. En caso de no producirse reclamaciones, se entenderán aprobadas de forma definitiva y entrarán en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Bonificación en las tasas municipales
Por otra parte, la Asamblea ha aprobado, igualmente a propuesta de la consejera, y a petición del grupo Ceuta ya, la modificación del artículo 75.1 de la Ordenanza Fiscal General que regula las bonificaciones sobre determinadas tasas municipales.
Con esta reforma, se actualiza el criterio de renta para acceder a la bonificación del 90% en tasas como la expedición de documentos administrativos, la recogida de residuos sólidos, el cementerio, los servicios contra incendios, el abastecimiento de agua y el alcantarillado, entre otras.
Hasta ahora, esta bonificación estaba limitada a unidades familiares residentes en Ceuta con ingresos anuales inferiores a 9.000 euros. Con la modificación aprobada, ese umbral pasa a vincularse al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, incrementado en un 25% en concepto de Plus de Residencia.
La modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.