Noticias y Novedades
Vías de Administración
Oftálmica
¿Qué es?
Consiste en la aplicación directa sobre el ojo de preparados oftálmicos, bien gotas (colirios), bien pomadas.
Colirios
1. Inclinad la cabeza ligeramente hacia atrás y hacia el ojo donde os pondréis las gotas.
2. Bajad ligeramente el párpado inferior y aplicaos las gotas en la cavidad que se forma (llamada saco conjuntival).
3. Una vez administrado el colirio parpadead para que el medicamento se distribuya bien por todo el ojo.
Pomadas
1. Inclinad la cabeza hacia atrás y hacia abajo.
2. Bajad ligeramente el párpado inferior y extended la pomada resiguiendo el saco conjuntival, pero nunca directamente sobre el ojo.
3. Mantened los ojos cerrados uno o dos minutos para que la pomada pueda extenderse y distribuirse adecuadamente.
Precauciones especiales
Puede ser que durante unos segundos la visión se vuelva borrosa, por eso evitad realizar cualquier actividad que requiera agudeza visual. Procurad que el cuentagotas o el extremo del tubo no toquen ni el ojo ni cualquier otro objeto para evitar la contaminación o el crecimiento de gérmenes en el colirio. Recordad que los preparados oftálmicos dejan de ser estériles una vez abiertos, por eso no los guardéis cuando acabéis el tratamiento.
Ótica
¿Qué es?
Consiste en la aplicación sobre el conducto auditivo de preparados líquidos llamados gotas óticas.
1. Calentad el frasco a temperatura corporal manteniéndolo unos minutos entre las manos.
2. Reclinad la cabeza. Estirad suavemente la oreja hacia arriba y hacia atrás para que el medicamento pueda llegar a las zonas más internas.
3. Colocad el cuentagotas sobre la oreja procurando no tocarla. Dejad caer la gota o las gotas de manera que resbalen por las paredes del conducto auditivo.
4. Continuad en la posición durante unos minutos.
Precauciones especiales
No os tapéis la oreja con un algodón seco, ya que podría absorber las gotas administradas. Os la podéis tapar con un algodón empapado de medicamento.
Nasal
¿Qué es?
Consiste en la introducción por los agujeros de preparados líquidos en forma de gotas o pulverizados mediante un nebulizador .
1. Sentaos y tirad la cabeza hacia atrás.
2. Introducid el cuentagotas o la punta del nebulizador en uno de los agujeros.
3 Sin inspirar, apretad la pera del cuentagotas (para instaurar el número exacto de gotas) o presionad el nebulizador sólo una vez y de forma rápida, pero no con demasiada fuerza.
4. Repetid el procedimiento en el otro agujero.
5. Mantened la cabeza inclinada hacia atrás durante dos minutos para evitar que el producto sea inspirado por los pulmones. Respirad por la boca y procurad no sonaros durante un cierto tiempo.
Precauciones especiales
No compartáis con nadie el cuentagotas ni el nebulizador que utilicéis. Antes de administraros el preparado sonaos suavemente. Mientras os lo aplicáis, respirad por la boca. Después de la administración puede ser que notéis el gusto del medicamento, es normal. No tenéis que abusar de la administración de estos productos, consultad a vuestro médico o farmacéutico sobre la frecuencia y duración del tratamiento.
Oral
¿Qué es?
Consiste en la introducción de medicamentos por la boca, estos medicamentos se pueden presentar de diferentes formas:
A. Sólidas: comprimidos, cápsulas, drogas, etc.
B. Líquidas: soluciones, suspensiones, jarabes, etc.
Vía digestiva
1. Poneos de pie o sentados.
2. Tomad el medicamento siempre acompañado de un vaso lleno de agua.
3. Tragáoslo sin masticar, a no ser que el médico os indique lo contrario.
Vía sublingual
1. Colocad la pastilla bajo la lengua.
2. Esperad a que se disuelva sin tragaros saliva ni beber agua.
Precauciones especiales
Tened en cuenta si tenéis que ingerir el medicamento en las comidas o fuera de éstas. No os los toméis nunca con otros tipos de bebida (leche, zumos, cerveza, etc.). No manipuléis el medicamento (vaciar el contenido de la cápsula, triturar o dividir el comprimido, etc.) sin haberlo consultado previamente a vuestro farmacéutico.
Oral/Aerosol
¿Qué es?
Consiste en la introducción por la boca de medicamentos contenidos en sprays, en forma de pequeñas partículas o de gotas minúsculas, que llegan hasta los pulmones.
1. Montad el aerosol siguiendo las instrucciones del fabricante y agitadlo.
2. Expulsad todo el aire de los pulmones.
3. Colocad el aparato aplicador en la boca y apretad los labios sobre el pitorro.
4. Iniciad la inspiración (toma de aire) por la boca y seguidamente pulsad el spray y continuad la inspiración profunda e intensamente (también por la boca).
5. Retened la respiración unos instantes para conseguir la máxima penetración y después expulsad el aire lentamente.
6. Esperad un mínimo de cinco minutos antes de realizar una segunda administración, si así os lo han prescrito.
Precauciones especiales
Después de la administración, puede ser que tengáis náuseas a causa del mal sabor del medicamento, es normal. Lavad bien el pitorro con agua caliente después de utilizarlo.
Tópica
¿Qué es?
Consiste en la aplicación de medicamentos sobre la piel en forma de pomadas, cremas, lociones, etc., para conseguir un efecto local.
1. Lavad y secad la piel antes de cada aplicación.
2. Aplicad una pequeña cantidad sobre la zona a tratar y estendedla suavemente y uniformemente.
Precauciones especiales
Lavaos las manos otra vez después de la aplicación del preparado, para evitar que, por contacto, llegue a la boca o a los ojos.
Parenteral
¿Qué es?
Consiste en administrar los medicamentos mediante una inyección. Requiere el uso de jeringa y aguja. Hay diferentes tipos de punción parenteral según donde llega la aguja:
a) intramuscular: al músculo
b) intravenosa: a la vena
c) subcutánea: bajo la piel
d) intradérmica: entre las capas de la piel.
La administración parenteral de medicamentos solamente la tiene que hacer el personal especializado (enfermera, médico, practicante).
Precauciones especiales
Se tiene que tener una precaución especial con las inyecciones intramusculares en niños pequeños, porque hay posibilidad de afectar a algún nervio ya que la masa muscular es menor.
via rectal Rectal
¿Qué es?
Consiste en la introducción en el conducto anal de unos preparados sólidos: los supositorios. Los supositorios tienen una forma cónica o de bala y se funden a la temperatura del organismo (37 o C).
1. Se tiene que introducir con la punta orientada hacia el interior, unos 5 cm en el conducto anal para que quede retenido en el interior.
2. Juntad las nalgas y hace fuerza durante unos segundos.
Precauciones especiales
Si el supositorio está blando, ponedlo unos minutos en la nevera hasta que se endurezca. Evitad las deposiciones como mínimo veinte minutos, a no ser que se trate de un supositorio laxante, por ejemplo, de glicerina. En caso de que lo expulséis entero, os tendréis que poner otro. Si tenéis que fraccionar un supositorio hacedlo en sentido longitudinal.
Vaginal
¿Qué es?
Consiste en introduir el medicamento en la vagina en forma de óvulos (parecidos a los supositorios) o de pomadas.
1. Tumbaos y separad las piernas.
2. Hay que introducir el medicamento en la vagina tan profundamente como sea posible.
3. En algunos casos podéis usar un aparato aplicador, entonces seguid las instrucciones del fabricante.
4. Continuad en posición tumbada y con las caderas un poco levantadas durante unos cinco minutos después de la administración.
Precauciones especiales
Una vez utilitzado el aplicador lavadlo con agua caliente antes de guardarlo. Si os tenéis que aplicar un óvulo tened en cuenta que os será más fácil si lo humedecéis previamente con agua.
¿Qué son?
¿Qué es el medicamento?
Un medicamento es una sustancia o preparado que tiene propiedades curativas o preventivas, se administra a las personas o a los animales y ayuda al organismo a recuperarse de los desequilibrios producidos por las enfermedades o a protegerse de ellos. El medicamento puede conocerse por el nombre científico o por el nombre registrado.
Nombre científico
Es el nombre utilizado por los médicos y farmacéuticos. Cuando esta denominación es adoptada por la OMS (Organización Mundial de la Salud) se llama DCI (Denominación Común Internacional).
Nombre registrado o marca comercial
Es el nombre que da el laboratorio preparador al medicamento, es decir, puede haber una sola denominación científica con diferentes nombres comerciales. Los medicamentos también pueden comercializarse con el nombre o marca del laboratorio titular o fabricante. Estos medicamentos, demostrado que tienen los mismos efectos terapéuticos, son los llamados genéricos.
Uso Racional de Medicamentos
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No cabe ninguna duda de la utilidad de los medicamentos, de su beneficio en la salud de las personas y de la mejora que proporcionan en su calidad de vida.
Para la Organización Mundial de la Salud, el Uso Racional de Medicamentos supone que los pacientes reciban los medicamentos, adecuados a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus requerimientos individuales, durante el período de tiempo adecuado y al menor coste posible para ellos y la comunidad."
Para conseguir un uso racional del medicamento es fundamental la implicación a todos los niveles, desde las propias Administraciones Públicas, pasando por los facultativos que los prescriben, por los farmacéuticos que los dispensan, y por los propios pacientes, cuya implicación en el uso responsable de los medicamentos es fundamental.
Precisamente es a los pacientes a los que va dirigida este Programa de Uso Racional de los Medicamentos que la Consejería de Sanidad y Consumo ha puesto en marcha en el contexto del Plan de Salud de Ceuta 2008/2011.
El Programa tiene como objetivo general promover y fomentar ENTRE LOS CIUDADANOS un uso racional de los medicamentos.
Asimismo como objetivos específicos se encuentran el disminuir la automedicación no responsable entre la población, mejorar el conocimiento del paciente sobre el auto-cuidado de su salud y la corresponsabilidad en sus tratamientos (cumplimiento/adherencia terapéutica), así como el conocimiento de los pacientes sobre los medicamentos en general y los posibles problemas relacionados con ello.
Para poder cumplir con estos objetivos se han planteado diversas líneas de actuación entre las que se encuentran la realización de actividades formativas e informativas a la población en general sobre conocimientos generales en medicamentos, su correcto manejo y administración, cumplimiento terapéutico, y automedicación responsable.
En el Programa colaboran activamente además de la Consejería de Sanidad y Consumo, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Ceuta.
Las actividades formativas están dirigidas tanto a la población en general, como a la población con personas dependientes a su cargo, ya sean familiares de los enfermos o bien cuidadores profesionales de los mismos.
Para las actividades de tipo informativo se han impreso 250 carteles y 10000 trípticos que serán distribuidos por toda la Ciudad. Asimismo se dispondrá de distintos soportes publicitarios de apoyo a la Campaña, incluidos anuncios, cuñas y/o spots en los medios de comunicación.
En este espacio digital podrá acceder al contenido de las sesiones formativas, al material informativo de la campaña (carteles y trípticos), así como a otras informaciones de interés sobre los medicamentos para garantizar por parte de los pacientes un uso adecuado, responsable y racional de los mismos.
De la misma manera se le ofrecen una serie de enlaces con páginas webs de otras Administraciones Públicas u otras Instituciones que han realizado o están realizando campañas similares para un uso racional de los medicamentos.
WEBS
- Campaña sobre la venta de medicamentos en internet (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad) http://www.aemps.es/ciudadanos/campannas/medicamentosinternet/ventaMed_Internet09/index.htm
- Campaña sobre medicamentos genéricos (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad) http://www.medicamentosgenericosefg.es/
- Campaña sobre antibióticos y genéricos (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad)
- Campaña sobre medicamentos de plantas medicinales (Consejo general de Colegios Oficiales de Farmacéuticos) http://www.portalfarma.com/pfarma/taxonomia/general/gp000002.nsf/voDocumentos/4C93414814261003C1256E5F003F7BD0/$File/index_publico.htm
- Web relacionada con la eliminación de medicamentos (SIGRE) http://www.sigre.es/Ciudadanos
Material informativo
Normativa
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
PROTOCOLO
| • | Reglamento de Ceremonial y Protocolo, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 1 febrero 2007 | |
| • | Reglamento Regulador del Servicio de Protocolo, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 13 julio 2007 | |
| • | Reglamento de Distinciones Honoríficas, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 1 febrero 2007 |
HACIENDA
NORMATIVA EN MATERIA DE JUEGO
EDUCACIÓN Y CULTURA
GOBERNACIÓN
JUVENTUD
| • | Ordenanza General de Juventud, de 7 de febrero de 2011, de Ceuta | BOCCE 15 febrero 2011 | |
| • | Reglamento del carnet joven, de 11 de junio de 1997, de Ceuta | BOCCE 3 julio 1997 | |
| • | Reglamento de la Red de Puntos de Información Juvenil, de 1 de octubre de 1998, de Ceuta | BOCCE 1 octubre 1998 |
SANIDAD
TURISMO Y COMERCIO
MEDIO AMBIENTE
DEPORTE
SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
Servicios Y VÍAS PÚBLICAS
URBANISMO y VIVIENDA
Participación Pública en Proyectos Normativos
Este canal tiene por objeto facilitar la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de las normas que se fundamenta en las siguientes normas:
- Artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre (BOE-A-1997-25336), del Gobierno.
Con este punto de acceso a la participación en la elaboración de normas, se da cumplimiento a lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre (BOE-A-2016-9121), por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales.
PARTICIPACIÓN PÚBLICA
Punto de acceso para facilitar la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de las normas (art. 133 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
REGLAMENTO DE ORDENACION FARMACEUTICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
NORMATIVA EN VIGOR
ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES
| • | Reglamento de regulación básica de la gestión indirecta del Servicio de Televisión Digital Terrestre, 2/2006, de 21 de septiembre | BOCCE 16 octubre 2006 |
CEREMONIAL Y PROTOCOLO
| • | Reglamento de Ceremonial y Protocolo, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 1 febrero 2007 | |
| • | Reglamento de Distinciones Honoríficas, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 1 febrero 2007 | |
| • | Reglamento Regulador del Servicio de Protocolo, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 13 julio 2007 |
COMERCIO, CONSUMO Y SANIDAD
CULTURA, DEPORTES, EDUCACIÓN Y OCIO
EMERGENCIAS Y SEGURIDAD
| • | Reglamento del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, de 14 de agosto de 1996, de Ceuta | BOCCE 13 septiembre 1996 | |
| • | Reglamento de la Policía Local, de 17 de mayo de 2002, de Ceuta | BOCCE 11 junio 2002 | |
| • | Reglamento regulador de los distintos órganos de protección civil, de 21 de noviembre de 2005 | BOCCE 21 abril 2006 | |
| • | Ordenanza reguladora del registro autonómico de planes de autoprotección, de 11 de junio de 2010 | BOCCE 9 julio 2010 |
FORMACIÓN Y EMPLEO
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
| • | Reglamento regulador del Registro de Uniones de Hecho, de 11 de septiembre de 1998 | BOCCE 24 septiembre 1998 | |
| • | Reglamento de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, de 7 de junio de 2001 | BOCCE 7 junio 2001 | |
| • | Reglamento del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Ceuta, de 7 de junio de 2001 | BOCCE 7 junio 2001 | |
| • | Ordenanza reguladora del Registro de Licitadores, de 17 de mayo de 2004 | BOCCE 15 junio 2004 | |
| • | Reglamento regulador de las normas de funcionamiento del servicio de depósito legal, de 23 de septiembre de 2004 | BOCCE 19 octubre 2004 | |
| • | Reglamento de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, de 27 de diciembre de 2004 | BOCCE 30 diciembre 2004 | |
| • | Reglamento del Registro General, de 22 de enero de 2009, de Ceuta | BOCCE 3 febrero 2009 | |
| • | Reglamento del Inventario General, de 22 de enero de 2009, de Ceuta | BOCCE 10 febrero 2009 | |
| • | Acuerdo de la Asamblea de 21 de diciembre de 2010 de aprobación de los Presupuestos generales de la Ciudad de Ceuta para 2011 y bases para su ejecución | BOCCE 29 diciembre 2010 |
MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA
| • | Ordenanza municipal sobre emisión de ruidos, vibraciones y otras formas de energía, de 25 de junio de 2002 | BOCCE 9 abril 2013 | |
| • | Ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de playas, de 17 de mayo de 2002 | BOCCE 7 junio 2002 | |
| • | Reglamento del Consejo Asesor de Acuicultura, Pesca y Marisqueo, de 13 de septiembre de 2002 | BOCCE 27 septiembre 2002 | |
| • | Ordenanza sobre energía solar para producir agua caliente sanitaria, de 14 de febrero de 2003 | BOCCE 11 marzo 2003 | |
| • | Reglamento del Consejo Sectorial de Medio Ambiente, de 24 de junio de 2010 | BOCCE 16 julio 2010 |
MOVILIDAD, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTES
| • | Ordenanza municipal de circulación, de 11 de septiembre de 1998 | BOCCE 24 septiembre 1998 | |
| • | Ordenanza reguladora del Servicio de Transporte Urbano de Viajeros en Automóviles Ligeros, Autotaxis, de 30 de marzo de 2006 | BOCCE 14 abril 2006 |
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
| • | Reglamento de 25 de octubre de 2001 de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo | BOCCE 30 octubre 2001 |
SERVICIOS SOCIALES
SOSTENIBILIDAD Y SERVICIOS
| • | Reglamento regulador de la prestación del servicio de cementerio, de 11 de septiembre de 1998 | BOCCE 24 septiembre 1998 | |
| • | Ordenanza reguladora de la limpieza viaria y residuos sólidos urbanos, de 13 de septiembre de 2002 | BOCCE 1 octubre 2002 | |
| • | Reglamento regulador de la sanidad mortuoria, de 23 de diciembre de 2002 | BOCCE 21 enero 2003 | |
| • | Ordenanza de vertidos a la red de alcantarillado, de 20 de diciembre de 2005 | BOCCE 27 enero 2006 | |
| • | Reglamento de 30 de marzo de 2010 regulador del almacén general | BOCCE 16 abril 2010 |
URBANISMO, VIVIENDA Y EDIFICACIÓN
VÍAS PÚBLICAS
NormativaNew
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
PROTOCOLO
| • | Reglamento de Ceremonial y Protocolo, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 1 febrero 2007 | |
| • | Reglamento Regulador del Servicio de Protocolo, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 13 julio 2007 | |
| • | Reglamento de Distinciones Honoríficas, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 1 febrero 2007 |
HACIENDA
NORMATIVA EN MATERIA DE JUEGO
EDUCACIÓN Y CULTURA
GOBERNACIÓN
JUVENTUD
| • | Ordenanza General de Juventud, de 7 de febrero de 2011, de Ceuta | BOCCE 15 febrero 2011 | |
| • | Reglamento del carnet joven, de 11 de junio de 1997, de Ceuta | BOCCE 3 julio 1997 | |
| • | Reglamento de la Red de Puntos de Información Juvenil, de 1 de octubre de 1998, de Ceuta | BOCCE 1 octubre 1998 |
SANIDAD
TURISMO Y COMERCIO
MEDIO AMBIENTE
DEPORTE
SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
Servicios Y VÍAS PÚBLICAS
URBANISMO y VIVIENDA
Normativa_Old
ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES
| • | Reglamento de regulación básica de la gestión indirecta del Servicio de Televisión Digital Terrestre, 2/2006, de 21 de septiembre | BOCCE 16 octubre 2006 |
CEREMONIAL Y PROTOCOLO
| • | Reglamento de Ceremonial y Protocolo, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 1 febrero 2007 | |
| • | Reglamento de Distinciones Honoríficas, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 1 febrero 2007 | |
| • | Reglamento Regulador del Servicio de Protocolo, de 22 de enero de 2007 | BOCCE 13 julio 2007 |
COMERCIO, CONSUMO Y SANIDAD
CULTURA, DEPORTES, EDUCACIÓN Y OCIO
EMERGENCIAS Y SEGURIDAD
| • | Instrucciones Técnicas para los servicios dependientes del sistema de Protección Civil | BOCCE 26 agosto 2025 | |
| • | Reglamento del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, de 14 de agosto de 1996, de Ceuta | BOCCE 13 septiembre 1996 | |
| BOCCE 5615, 7 octubre 2016 | |||
| • | Reglamento de la Policía Local, de 11 de junio de 2002, de Ceuta | BOCCE 11 junio 2002 | |
| BOCCE 18 septiembre 2007 | |||
| BOCCE 9 mayo 2008 | |||
| BOCCE 6 febrero 2009 | |||
| BOCCE 7 octubre 2016 | |||
| • | Reglamento regulador de los distintos órganos de protección civil, de 21 de noviembre de 2005 | BOCCE 21 abril 2006 | |
| • | Ordenanza reguladora del registro autonómico de planes de autoprotección, de 11 de junio de 2010 | BOCCE 9 julio 2010 |
FORMACIÓN Y EMPLEO
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA
MOVILIDAD, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTES
| • | Ordenanza municipal de circulación, de 11 de septiembre de 1998 | BOCCE 24 septiembre 1998 | |
| • | Ordenanza reguladora del Servicio de Transporte Urbano de Viajeros en Automóviles Ligeros, Autotaxis | BOCCE 19 noviembre 2024 | |
| • | Reglamento del Parque Móvil de la Ciudad Autónoma de Ceuta | BOCCE 14 abril 2006 |
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
| • | Reglamento de 25 de octubre de 2001 de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo | BOCCE 30 octubre 2001 |
RECURSOS HUMANOS
SERVICIOS SOCIALES
SOSTENIBILIDAD Y SERVICIOS
| • | Reglamento regulador de la prestación del servicio de cementerio, de 11 de septiembre de 1998 | BOCCE 24 septiembre 1998 | |
| • | Ordenanza de Limpieza Pública y Gestión de Residuos, de 3 de febrero de 2020 | BOCCE 3 febrero 2020 | |
| • | Reglamento regulador de la sanidad mortuoria, de 23 de diciembre de 2002 | BOCCE 21 enero 2003 | |
| • | Ordenanza de vertidos a la red de alcantarillado, de 20 de diciembre de 2005 | BOCCE 27 enero 2006 | |
| • | Reglamento de 30 de marzo de 2010 regulador del almacén general | BOCCE 16 abril 2010 |
URBANISMO, VIVIENDA Y EDIFICACIÓN
VÍAS PÚBLICAS
OTRA NORMATIVA
| • | Ordenanza municipal para la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de la comunicación, de 29 de mayo de 2014 | BOCCE 5 agosto 2014 |





