Sábado07 Junio 2025

PRIMER EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 2025

CONSULTA PÚBLICA CON CARÁCTER PREVIO DEL PRIMER EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 2025 (artículo 133 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Número de Expediente y dependencia que lo tramita:

  • Número de Expediente: 27791/2025
  • Dependencia que lo tramita: Consejería de Hacienda, Tran. Económica y Tran. Digital.

Plazo y fechas en las que se somete a consulta pública:

  • Plazo de sometimiento a consulta pública: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al 22/05/2025, fecha de publicación en el BOCCE_Extra_22-05-2025.
  • Fecha de inicio: 23/05/2025
  • Fecha límite para la presentación de aportaciones (opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados, conforme al art 133 de la Ley 39/2.015): 16/06/2025

Remisión de aportaciones:

La presentación de sugerencias y opiniones podrá realizarse a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta (sede.ceuta.es) usando el trámite "ALEGACIONES AL PRESUPUESTO DE LA CIUDAD", y a través de los puntos establecidos en el artículo 16.4 LPACAP podrán presentarse:

  1. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo *
  2. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
  4. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  5. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

* Las reclamaciones y enmiendas deberán dirigirse al departamento de Intervención de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública, y presentarse en el Registro de Organismo Oficiales de la Ciudad de Ceuta, sito en la Palacio Autonómico; en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Independientemente del medio utilizado, el escrito remitido deberá contener los siguientes datos: Texto de la opinión y/o sugerencia, número de expediente, nombre completo, número de su documento de identificación, una dirección postal a efectos de notificaciones y un correo electrónico de contacto. Asimismo, deberán identificarse las asociaciones y demás organizaciones a las que puedan representar.

Documentos de consulta pública previa