Martes16 Septiembre 2025

ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS DEL SERVICIO PÚBLICO DE AUTO-TAXIS 2025

SOMETER A INFORMACIÓN PÚBLICA LA SOLICITUD DE ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS DEL SERVICIO PÚBLICO DE AUTO-TAXIS 2025 (ART. 133.2 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Número de Expediente y dependencia que lo tramita:

  • Número de Expediente: 9366/25
  • Dependencia que lo tramita: Consejería de Urbanismo y Transporte (Negociado de Transporte Urbano)

Plazo y fechas en las que se somete a consulta pública:

  • Plazo de sometimiento a consulta pública: 20 días hábiles
  • Fecha de inicio: 02/09/2025
  • Fecha límite para la presentación de observaciones (observaciones de los particulares y entidades, en virtud del art 97.1 del Real Decreto Legislativo 781/1996): 30/09/2025

Remisión de aportaciones:

Los ciudadanos y/o entidades que deseen aportar documentos y/o adhesiones relativos al expediente 9366/25, podrán a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta (sede.ceuta.es) usando el trámite "SOLICITUD GENÉRICA NEGOCIADO DE TRANSPORTE URBANOS", y a través de los puntos establecidos en el artículo 16.4 LPACAP podrán presentarse:

  1. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
  2. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
  4. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  5. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Independientemente del medio utilizado, el escrito remitido deberá contener los siguientes datos: Texto de la opinión y/o sugerencia, número de expediente, nombre completo, número de su documento de identificación, una dirección postal a efectos de notificaciones y un correo electrónico de contacto. Asimismo deberán identificarse las asociaciones, grupos y demás organizaciones a las que puedan representar.

Decreto