Sábado14 Diciembre 2024

Encargos a medios propios

Los encargos a medios propios, regulados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en el artículo 32 y en la disposición adicional vigésimo cuarta, son la fórmula a través de la cual los poderes adjudicadores podrán encargar la ejecución de las prestaciones propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios a otra persona jurídica distinta a ellos, ya sea de derecho público o de derecho privado, siempre y cuando ésta tenga la calificación jurídica de medio propio personificado respecto de ellos.

En este documento se publica la información relativa a los encargos a medios propios que se encuentran vigentes, con indicación de su objeto, presupuesto, duración y obligaciones económicas. También se puede acceder a esta información a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Encargos a medios propios (xls)