INFORMACIÓN PÚBLICA CONCESIÓN MEDALLA DE PLATA AL REGIMIENTO DE CABALLERÍA “MONTESA” Nº3
INFORMACIÓN PÚBLICA INCOACIÓN EXPEDIENTE 45571/25, PROPUESTA DE CONCESIÓN DE LA MEDALLA DE LA CIUDAD, EN SU CATEGORÍA DE PLATA, AL REGIMIENTO DE CABALLERÍA "MONTESA" Nº3
PERIODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA CON AUDIENCIA A LOS INTERESADOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES (ART. 133.2 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Número de Expediente y dependencia que lo tramita:
- Número de Expediente: 45571/25
- Dependencia que lo tramita: Consejería de Presidencia y Gobernación
Plazo y fechas en las que se somete a consulta pública:
- Plazo de sometimiento a consulta pública: 20 días naturales
- Fecha de inicio: 13/08/2025
- Fecha límite para la presentación de alegaciones: 01/09/2025
Remisión de aportaciones:
Los ciudadanos y/o entidades que deseen aportar documentos y/o adhesiones relativos al expediente 45571/25, podrán a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta (sede.ceuta.es) usando el trámite "SOLICITUD GENÉRICA UNIDAD ADMINISTRATIVA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y GOBERNACIÓN", y a través de los puntos establecidos en el artículo 16.4 LPACAP podrán presentarse:
- En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Independientemente del medio utilizado, el escrito remitido deberá contener los siguientes datos: Texto de la opinión y/o sugerencia, número de expediente, nombre completo, número de su documento de identificación, una dirección postal a efectos de notificaciones y un correo electrónico de contacto. Asimismo deberán identificarse las asociaciones y demás organizaciones a las que puedan representar.
REGLAMENTO REGULADOR DEL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DEL DEPORTE DE RENDIMIENTO
INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE EL "REGLAMENTO REGULADOR DEL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DEL DEPORTE DE RENDIMIENTO" (Artículo 133 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
NÚMERO DE EXPEDIENTE Y DEPENDENCIA QUE LO TRAMITA:
- Número de Expediente: 44460/2024
- Dependencia que lo tramita: Unidad Administrativa Consejería de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte
PLAZO Y FECHAS EN LAS QUE SE SOMETE A CONSULTA PÚBLICA:
- Plazo de sometimiento a información pública: 30 días hábiles a contar desde el 01/08/2025
- Fecha de inicio: 01/08/2025
- Fecha límite para la presentación de aportaciones: 15/09/2025
REMISIÓN DE APORTACIONES:
Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la aprobación del proyecto de Reglamento (expediente n. 44460/2024) en cuestión, podrán presentar opiniones, sugerencias, observaciones y comentarios no sólo sobre cuestiones expresamente planteadas en la presenta consulta, sino sobre cuales otras que consideren relevantes en relación con citado proyecto de Reglamento, a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta (sede.ceuta.es) usando el trámite "SOLICITUD GENÉRICA U. A. Consejería de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte", y a través de los puntos establecidos en el artículo 16.4 LPACAP podrán presentarse:
- En el Registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Independientemente del medio utilizado, el escrito remitido deberá contener los siguientes datos: Texto de la opinión y/o sugerencia, número de expediente, nombre completo, número de su documento de identificación, una dirección postal a efectos de notificaciones y un correo electrónico de contacto. Asimismo, deberán identificarse las asociaciones y demás organizaciones a las que puedan representar.
APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE ACTUACIONES DE PROTECCIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE VIVIENDA
INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE "APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE ACTUACIONES DE PROTECCIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE CEUTA" (artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 78 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta).
NÚMERO DE EXPEDIENTE Y DEPENDENCIA QUE LO TRAMITA:
- Número de Expediente: 16910/2025
- Dependencia que lo tramita: Negociado de Vivienda
PLAZO Y FECHAS EN LAS QUE SE SOMETE A CONSULTA PÚBLICA:
- Plazo de sometimiento a información pública: 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOCCE n.º 6532 de 22/07/2025
- Fecha de inicio: 23/07/2025
- Fecha límite para la presentación de aportaciones: 04/09/2025 (inclusive)
REMISIÓN DE APORTACIONES:
Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la aprobación del proyecto de Reglamento (expediente n. 44460/2024) en cuestión, podrán presentar opiniones, sugerencias, observaciones y comentarios no sólo sobre cuestiones expresamente planteadas en la presenta consulta, sino sobre cuales otras que consideren relevantes en relación con citado proyecto de Reglamento, a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta (sede.ceuta.es) usando el trámite "SOLICITUD GENÉRICA Negociado de Vivienda", y a través de los puntos establecidos en el artículo 16.4 LPACAP podrán presentarse:
- En el Registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Independientemente del medio utilizado, el escrito remitido deberá contener los siguientes datos: Texto de la opinión y/o sugerencia, número de expediente, nombre completo, número de su documento de identificación, una dirección postal a efectos de notificaciones y un correo electrónico de contacto. Asimismo, deberán identificarse las asociaciones y demás organizaciones a las que puedan representar.