Domingo22 Junio 2025

REGLAMENTO REGULADOR DEL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DEL DEPORTE DE RENDIMIENTO

INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE EL "REGLAMENTO REGULADOR DEL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DEL DEPORTE DE RENDIMIENTO" (artículo 133 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

NÚMERO DE EXPEDIENTE Y DEPENDENCIA QUE LO TRAMITA:

  • Número de Expediente: 44460/2024
  • Dependencia que lo tramita: Unidad Administrativa Consejería de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte.

PLAZO Y FECHAS EN LAS QUE SE SOMETE A CONSULTA PÚBLICA:

  • Plazo de sometimiento a información pública: 15 días hábiles a contar desde el 20/06/2025
  • Fecha de inicio: 20/06/2025
  • Fecha límite para la presentación de aportaciones: 10/07/2025

REMISIÓN DE APORTACIONES:

Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la aprobación del proyecto de Reglamento (expediente n. 44460/2024) en cuestión, podrán presentar opiniones, sugerencias, observaciones y comentarios no sólo sobre cuestiones expresamente planteadas en la presenta consulta, sino sobre cuales otras que consideren relevantes en relación con citado proyecto de Reglamento, a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta (sede.ceuta.es) usando el trámite "SOLICITUD GENÉRICA U.A. Consejería de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte", y a través de los puntos establecidos en el artículo 16.4 LPACAP podrán presentarse:

  1. En el Registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
  2. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
  4. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  5. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Independientemente del medio utilizado, el escrito remitido deberá contener los siguientes datos: Texto de la opinión y/o sugerencia, número de expediente, nombre completo, número de su documento de identificación, una dirección postal a efectos de notificaciones y un correo electrónico de contacto. Asimismo, deberán identificarse las asociaciones y demás organizaciones a las que puedan representar.

 

Reglamento

REGLAMENTO REGULADOR DE PRESTACIONES ECONÓMICAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE CEUTA

INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE EL "REGLAMENTO REGULADOR DE PRESTACIONES ECONÓMICAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA" (artículo 133 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

NÚMERO DE EXPEDIENTE Y DEPENDENCIA QUE LO TRAMITA:

  • Número de Expediente: 50831/2024
  • Dependencia que lo tramita: Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

PLAZO Y FECHAS EN LAS QUE SE SOMETE A CONSULTA PÚBLICA:

  • Plazo de sometimiento a información pública: 30 días a contar del siguiente al de la publicación en Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. BOCCE Nº 6519 de 06/06/2025
  • Fecha de inicio: 09/06/2025
  • Fecha límite para la presentación de aportaciones: 21/07/2025

REMISIÓN DE APORTACIONES:

Podrá realizarse a través del Registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta (sede.ceuta.es) usando el trámite "SOLICITUD GENÉRICA NEGOCIADO ASUNTOS SOCIALES", y a través de los puntos establecidos en el artículo 16.4 LPACAP podrán presentarse:

  1. En el Registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
  2. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
  4. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  5. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Los participantes deberán señalar el número de expediente (50831/2024) e identificarse con su nombre y apellidos, facilitando el número de su documento de identificación, una dirección postal a efectos de notificaciones y su correo electrónico. Asimismo, deberán identificarse las asociaciones y demás organizaciones a las que puedan representar.

 

Reglamento

EXPOSICIÓN PÚBLICA DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO DE ESTUDIOS CEUTÍES

EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL EXPEDIENTE 2023 ̸ 25839 DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO DE ESTUDIOS CEUTÍES.

El Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, en sesión resolutiva celebrada el día 21 de abril de 2025, ha aprobado inicialmente el texto de los Estatutos del Organismo Autónomo Instituto de Estudios Ceutíes (OAIEC) y ha acordado publicar el correspondiente acuerdo en el BOCCE y abrir un período de exposición pública y audiencia a los interesados por un plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias (según el art. 49 LRBRL, en el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisiona).

Número de Expediente y dependencia que lo tramita:

  • Número de Expediente: 2023/25839
  • Dependencia que lo tramita: Consejería de Educación, Cultura y Juventud (OAIEC).

Plazo y fechas en las que se somete a consulta pública:

  • Lugar de publicación: BOCCE n.º 6513 de fecha 16 de mayo de 2025
  • Plazo de sometimiento a exposición pública: 30 días hábiles según art. 49. b) Ley 7/1985 (LRBRL)
  • Fecha de inicio: 19/05/2025
  • Fecha límite para la presentación de reclamaciones y sugerencias: 01/07/2025

Remisión de aportaciones:

La presentación de reclamaciones y sugerencias podrá realizarse a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta (sede.ceuta.es) usando el trámite "SOLICITUD GENÉRICA AL INSTITUTO DE ESTUDIOS CEUTÍES", y dirigiéndose al organismo autónomo de referencia.

Además, podrá hacerse en los lugares establecidos en el art. 16. 4 Ley 39/2015 (LPACAP):

  1. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
  2. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
  4. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  5. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Independientemente del medio utilizado, el escrito remitido deberá contener los siguientes datos: Texto de la reclamación o sugerencia, número de expediente, nombre completo del firmante, número de su documento de identificación, una dirección postal a efectos de notificaciones y un correo electrónico de contacto. Asimismo, deberán identificarse las asociaciones y demás organizaciones a las que puedan representar.

Texto modificación estatutos OAIEC

Cronología modificación estatutos OAIEC