Formulación de Sugerencias
 

Las Corporaciones, asociaciones y particulares interesados/as podrán formular Sugerencias y Alternativas , que serán debidamente motivadas/fundamentadas y FORMULADAS/PRESENTADAS conforme al Art. 38, en relación al Art. 70, de la Ley 30/1.992 (Preferentemente a través del Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, con indicación expresa de: “EXPEDIENTE Nº 18.417/08-REVISIÓN Y ADAPTACIÓN DEL PGOU DE CEUTA”), e irán dirigidas al Negociado de Urbanismo (Plaza de África, S/N, 3ª Planta del Palacio de la asamblea.

En caso de aportar documentación técnica, se deberá presentar copia en papel y  preferentemente en soporte digital (textos en formato pdf y planimetría en soporte dwg).

Para la formulación de Sugerencias y Alternativas al planeamiento, debemos saber:

  • Que el avance del PGOU  pretende que las propuestas globales y específicas se discutan y critiquen aportándose alternativas o soluciones ante unas problemáticas reales detectadas.
  • Que el Avance del PGOU tan solo es un Proyecto de PGOU que no otorga derechos ni las propuestas resultan vinculantes o inalterables.
  • Que el éxito de las Alternativas o Sugerencias depende de propuestas y alternativas racionales, proporcionales y oportunas, siendo recomendable acompañar el soporte técnico que fundamente aquéllas.
  • Que en todo caso es necesario acompañar un plano de situación que permita al planificador la identificación del suelo.
  • Que tras la formulación de las Sugerencias o Alternativas, el trabajo no ha acabado, pues, es recomendable emprender, cuando proceda, las negociaciones con el Ayuntamiento a través del planificador.
  • Que ni las Sugerencias ni las Alternativas son instrumentos adecuados para contener premisas y condiciones de propuesta de Convenios urbanísticos de Planeamiento que pretenden vincular a la Administración en el ejercicio de su potestad planificadora.
  • Que las Sugerencias y Alternativas deben ir encaminadas a convencer al planificador, mediante justificación fáctica y fundamentación adecuada y con criterios racionales de técnica y oportunidad, de que una determinada solución es más congruente que la elegida por aquél.
  • Que las Sugerencias y Alternativas sólo deben referirse a cuestiones de planeamiento y no a cuestiones de ejecución de planeamiento.
  • Que el planificador no viene obligado a estimar Sugerencias / alternativas, pero si al estudio de alternativas viables.
     
 
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